Ley universitaria: un juez anuló el freno de Milei y ordenó cumplirla de inmediato
Para el Juez Martín Cormick, el decreto funcionó como un veto que la Constitución no prevé. El Gobierno todavía puede apelar.
El Juez federal Martín Cormick declaró este martes inconstitucional la cláusula del decreto con la que el Gobierno de Javier Milei mantenía frenada la Ley de Financiamiento Universitario, y le ordenó al Poder Ejecutivo aplicarla de inmediato.
Como titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Cormick unificó dos causas: el amparo colectivo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades y gremios docentes, y la demanda de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Además de exigir que la ley se cumpla, el Juez le ordenó al Ejecutivo dictar las normas necesarias para ejecutarla y le impuso las costas, es decir, los gastos del juicio. La decisión es de primera instancia y el Gobierno puede apelarla ante la Cámara.
La ley fue sancionada por el Congreso en agosto de 2025. Milei la vetó con el Decreto 647/2025, pero ambas cámaras rechazaron el veto con los dos tercios que exige la Constitución, y el Presidente quedó obligado a promulgarla.
Lo hizo con el decreto 759/2025, que incluyó la frase ahora invalidada: la ley regía «sin perjuicio» del artículo 5° de la Ley de Administración Financiera.
Ese artículo establece que toda ley que disponga gastos debe indicar cómo se van a financiar y que, si no lo hace, queda suspendida hasta que el Congreso incluya las partidas en el presupuesto. Con ese argumento, el Gobierno sostuvo que la norma no podía aplicarse.
Para Cormick, el Ejecutivo promulgó en lo formal una ley que estaba obligado a aceptar, pero al mismo tiempo le puso una condición que impedía cumplirla. Por eso, calificó la maniobra como un «mecanismo extraconstitucional».
En sus efectos, agregó, esa salida funcionó como un veto que la Constitución no contempla. Según explicó, los artículos 75 y 83 le dan al Congreso la potestad de fijar el gasto público y obligan al Presidente a promulgar una ley si ambas cámaras insisten con dos tercios.
El Juez también descartó que la ley ordenara gastos sin financiamiento. Señaló que su artículo 9° permite reasignar partidas, sin tocar la coparticipación ni los fondos que el Tesoro envía a las provincias, y usar lo recaudado por encima de lo presupuestado.
Además, recordó que en 2024 y 2025 no hubo presupuesto nuevo, que siguió vigente el de 2023 y que el propio Ejecutivo modificó varias veces las partidas durante 2025.
También tomó un cálculo de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que ubicó el costo total de la ley en el 0,23% del Producto Bruto Interno proyectado para 2025. Con esos datos, concluyó que el decreto «no supera un test mínimo de razonabilidad».
Durante el juicio, los abogados del Ministerio de Capital Humano y de la Secretaría de Educación defendieron el decreto. Sostuvieron que el Ejecutivo no suspendió la ley por decisión propia, sino que aplicó en forma automática los límites que el Congreso fijó en leyes de presupuesto anteriores.
También argumentaron que cumplir la norma exigiría más de un billón de pesos, más del 90% de los créditos disponibles, y que eso pondría en riesgo el equilibrio fiscal.
Del otro lado, las universidades denunciaron un «re-veto» encubierto. La UBA planteó que, sin actualización del presupuesto en 2024 y 2025, los salarios docentes y no docentes perdieron un 40% de poder adquisitivo y se complicó el funcionamiento de sus hospitales.
De la cautelar al fallo de fondo
La sentencia resuelve el fondo de una pelea que lleva meses en los tribunales. En diciembre de 2025, el mismo Juez había dictado una medida cautelar, una orden provisoria mientras se resolvía la causa, que obligó a cumplir los artículos sobre salarios y becas.
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó esa medida en marzo y, en junio, la Corte Suprema rechazó el recurso del Estado, por lo que la cautelar quedó firme.
En paralelo, el 10 de junio, el Gobierno, el CIN y los gremios firmaron un acuerdo: una suba salarial del 24,33%, un 20% más para gastos de funcionamiento, $50.000 millones extra para hospitales universitarios y un aumento del 50% en las becas Manuel Belgrano.
El Ejecutivo pagó la mejora salarial y la de las becas, pero no los fondos de funcionamiento ni la partida para hospitales. Para Cormick, esos pagos parciales no respondían la cuestión central: si el Gobierno podía mantener suspendida la ley.
A comienzos de septiembre, el Juez rechazó el pedido oficial para levantar la cautelar y luego intimó al Estado a cumplirla por completo en cinco días. El Gobierno apeló esa intimación con el argumento de que ya había cumplido.
Lo que sigue en disputa
El fallo llega mientras la pelea por los fondos ya pasó al Presupuesto 2027. El proyecto oficial prevé unos $7,3 billones para las universidades nacionales, mientras que los rectores calculan que hacen falta $11 billones para cumplir la ley: una diferencia cercana al 50%.
Según la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), esos fondos dejan el presupuesto universitario un 24,9% por debajo del de 2023, una vez descontada la inflación. Por eso, los rectores retomaron las reuniones con diputados y senadores para pedir cambios.
En lo salarial, los gremios docentes y no docentes rechazaron el 3% que ofreció el Gobierno en las paritarias de septiembre y anunciaron nuevas medidas de fuerza. Además, convocaron a la Quinta Marcha Federal Universitaria para el jueves 15 de octubre, con el respaldo del CIN.
